Seleccionar página

Áreas y servicios | SERVICIOS ECONÓMICOS

I.A.A.E.E.

(Impuesto sobre Actividades Económicas)

 

Avisos, convocatorias y trámites activos

Información, trámites e impresos

Anuncio cobranza recibos I.A.E del periodo tributario 2022

El periodo voluntario de cobro comprende desde el día 28 de septiembre de 2022 hasta el día 28 de noviembre de 2022.

El cargo mediante domiciliación bancaria se realizará el día 7 de octubre de 2022.

Información IAE 2022

Anuncio cobranza recibos I.A.E del periodo tributario 2022 (Anuncio BOP Valencia)

El periodo voluntario de cobro comprende desde el día 28 de septiembre de 2022 hasta el día 28 de noviembre de 2022.

El cargo mediante domiciliación bancaria se realizará el día 7 de octubre de 2022.

Anuncio BOP Valencia

Generalidades

El IAE grava el ejercicio de cualquier tipo de actividades empresariales, profesionales o artísticas que se desarrollen en el término municipal del Albal.

La cuota tributaria del IAE resultará de la aplicación de los elementos previstos en las tarifas (aprobadas por el RD Legislativo 1175/1990), y del coeficiente municipal y del índice de situación aprobado por el Ayuntamiento de Albal en la ordenanza del IAE.

El devengo del IAE se produce el 1 de enero de cada año, salvo en el caso de alta, en cuyo caso el periodo impositivo comenzará el día en que se produzca.

En los supuestos de alta o baja de la actividad objeto de gravamen, el importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales.

Si la baja en el ejercicio de la actividad se tramita con posterioridad al devengo del impuesto, el sujeto pasivo deberá pagar la totalidad de la cuota del recibo, procediendo a solicitar la devolución de los trimestres en los que no se ha ejercido la actividad.

El IAE se gestiona por el Ayuntamiento a partir de la Matricula anual elaborada por la Administración tributaria del Estado, consecuentemente:

  • La gestión censal (altas y bajas de actividades, variación de elementos, cambio domicilio fiscal… etc.) corresponde a la delegación Tributaria del Estado con domicilio en Catarroja, C/. Manfredo Monforte, 4.Tel.: 961266661.
  • La gestión tributaria (concesión de beneficios fiscales, devolución de recibos, etc.) corresponde al Ayuntamiento de Albal.

Solicitar domiciliación bancaria de recibo

Rellene todos los campos del formulario y realizaremos la domiciliación del recibo indicado.

Solicitar

Impresos i enlaces a Sede electrónica

Solicitud de certificado de pago de tributo

Si necesita que el Ayuntamiento le certifique el pago de cualquier recibo de impuesto, rellene y presente este impreso.

Solicitud de bonificación en el IAAEE

Para bonificación por creación de nueva empresa

Atención Municipal de Información Ciudadana

REGISTROS Y SOLICITUDES

Plaza del Jardín, 7. Ayto. de Albal – Planta baja
Tel: 96 126 00 56 · Fax: 96 127 08 61

Cita previa
Sede electrónica

Beneficios fiscales

En este apartado vamos a informar a los contribuyentes de los beneficios fiscales más habituales en el Impuesto sobre Actividades Económicas; por lo tanto dado que la casuística prevista en las disposiciones legales es muy amplia, si desean información sobre la posible existencia de otros supuestos pueden dirigirse al Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento, sito en Albal, Plaça del Jardí, 7.

En todos los casos, la solicitud deberá tramitarse mediante la presentación de instancia en el Registro General del Ayuntamiento en la que se indicará el tipo de beneficio que se desea y se adjuntara la documentación que en cada caso se detalla.

BONIFICACIÓN POR INICIO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL

La bonificación que se concede es del 50% de la cuota del IAE durante el periodo de cinco años para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota mínima municipal.

Para poder disfrutar la bonificación se requiere que la actividad económica no se haya ejercido anteriormente bajo otra titularidad.

Documentación necesaria:

  • Escrito solicitando la bonificación. (Anexo 3)
  • Fotocopia del alta en el IAE (Modelo 845)
  • NIF ó CIF del sujeto pasivo.
  • Escritura de constitución para las personas jurídicas.