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Áreas y servicios | SECRETARÍA

Secretaría

Las funciones principales de la Secretaría son las de:
– Asesorar legalmente a la Alcaldía, la Corporación y las diferentes comisiones.
– Dar fe de la legalidad de las actuaciones que realiza el Ayuntamiento.
La Secretaría tiene otros negociados adscritos, como::
Registro General de Documentos.
Padrón Municipal de Habitantes.
Recursos Humanos.

Avisos, convocatorias y trámites activos

Información, trámites e impresos

Convocatoria elección Jueza/Juez de Paz titular y/o sustituto de Albal. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES DEL 19 DE JUNIO DE 2024 AL 9 DE JULIO DE 2024 INCLUSIVE
Plan normativo municipal
Ordenanzas y Reglamentos

Reglamento del Registro de Uniones de Hecho

El Registro de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Albal tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse todas las uniones de convivencia no matrimonial en la forma y con los requisitos que se establecen en el presente Reglamento, el cual será de aplicación a las personas que, con los requisitos exigidos, decidan someterse a él de forma voluntaria mediante la inscripción de la unión.

Reglamento orgánico municipal

El presente Reglamento tiene por objeto regular y articular los derechos y deberes que la legislación atribuye a los miembros de la Corporación en todo lo no regulado por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre.

Reglamento del mercado municipal de Albal 

El presente reglamento tiene por objeto regular el régimen de explotación del Mercado Municipal de Albal con la finalidad de prestar un servicio público, poniendo a disposición de los ciudadanos de Albal los productos de consumo en la mejor calidad posible y a los precios más asequibles.

Reglamento sobre concesión de honores distinciones y premios

Este Ayuntamiento, haciendo uso de la facultad que le concede la legislación vigente, establece y regula, por medio del presente Reglamento, los honores, distinciones y premios que pueden concederse, así como los requisitos para la concesión.

Ordenanza reguladora del uso de Administración Electrónica

La presente Ordenanza regula la utilización de los medios electrónicos en el ámbito de la Administración municipal del municipio de Albal, con el fin de permitir a los ciudadanos el ejercicio de los derechos reconocidos por la Ley 11/2007, de 22 de junio, y por la Ley 3/2010, de 28 de abril.

Reglamento Municipal sobre el Uso y la Normalización del Valenciano

Ordenanza municipal reguladora de la manipulación y uso de artificios pirotécnicos y de la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales

Ordenanza municipal reguladora de los usos y costumbres rurales

Es objeto de la presente ordenanza la regularización de los usos y costumbres que, dentro del ámbito rural se viene practicando en el término municipal, adecuándose al marco social actual, todo ello, sin perjuicio de las funciones de cooperación, colaboración e información recíproca que deben presidir las relaciones entre Ayuntamiento y administraciones con competencia sectorial en las materias a las que alude esta ordenanza, conforme a lo prevenido en el artículo 56 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Reglamento de Régimen Interior del Consell Agrari Municipal

Por lo expuesto y en atención a lo preceptuado por la Ley de la Generalidad Valenciana, y en atención a la potestad reglamentaria y de auto organización que tienen las Entidades Locales, según lo dispuesto por el artículo 4.I.a.), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 20.3 y lo dispuesto en el Reglamento Orgánico Municipal aprobado con carácter definitivo por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 29 de abril de 2021 (BOP número 103 de 01/06/2021, respecto de los órganos complementarios de la organización municipal y demás disposiciones concordantes.

Atención Municipal de Información Ciudadana

REGISTROS Y SOLICITUDES

Plaza del Jardín, 7. Ayuntamiento de Albal – Planta baja
Tel: 96 126 00 56 · Fax: 96 127 08 61

CITA PREVIA
SEDE ELECTRÓNICA

Preguntas más frecuentes

¿Cómo, dónde y cuándo puedo compulsar un documento?

El personal de Secretaría está capacitado para compulsar documentos cuyo destino sea el propio Ayuntamiento, o bien, que siendo para cualquier otra Administración Pública se presente por el Registro de Entrada de esta entidad, en base al Convenio Inter-Administrativo.
Para compulsar esta documentación deberá aportar el interesado, en el momento de realizar la Entrada en el Registro General, las copias y los originales para su cotejo