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Áreas y servicios | SECRETARÍA

Policía Local

En esta sección encontrara información sobre las funciones de la Policía local de Albal y de las ordenanzas y trámites administrativos relacionados


Teléfono directo de la Policía de Albal

96 127 0 127

Teléfono de emergencias: 112

Teléfono directo de la Policía de Albal

(Haga click en el botón para llamar):

Teléfono de emergencias:

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112

Avisos, convocatorias y trámites activos

Información, trámites e impresos

¿Cómo puedo averiguar el proceso e información de las multas de tráfico del municipio?

Puede Usted personarse en el Departamento de Gestión del Procedimiento de Instrucción y Tramitación de denuncias, sito en las dependencias de la Policía Local o en el teléfono 96 127 01 27

¿Dónde puedo renovar mi Documento Nacional de Identidad?

Puede Usted renovarlo en el propio Ayuntamiento los días señalados al efecto. Más información en el Ayuntamiento o en el teléfono 96 126 00 56. Para la expedición del D.N.I. hay que traer: PRIMERA EXPEDICIÓN:

  • 3 fotografías recientes, en color, centradas, de frente y con la cabeza descubierta, sin gafas de cristales oscuros.
  • Certificado en extracto de la Partida de Nacimiento, al solo efecto de la obtención del D.N.I. (se solicita en el Juzgado donde este inscrito), o en su caso, certificado de inscripción de la nacionalidad española (se expide por el Registro Civil).

RENOVACIÓN: La renovación procede en los casos de transcurso de los plazos de validez, sustracción, extravío, deterioro, cambio de domicilio o variación de los datos de filiación.

  • 3 fotografías recientes, en color, centradas, de frente y con la cabeza descubierta, sin gafas de cristales oscuros.
  • D.N.I. anterior.
  • En caso de cambio de domicilio o nombre de la vía, certificado de empadronamiento en el que conste el nuevo domicilio.
  • En caso de variación de datos de filiación, certificado del Registro Civil.
  • En caso de renovación por sustracción, extravío o deterioro, el solicitante deberá cumplimentar un impreso que se le entregará donde lo solicite y que junto a su firma e impresión dactilar, servirá para comprobar su personalidad.

Impresos y enlaces a Sede electrónica

Atención Municipal de Información Ciudadana

REGISTROS y SOLICITUDES

Plaza del Jardín, 7. Ayto. de Albal – Planta baja
Tel: 96 126 00 56 · Fax: 96 127 08 61

Cita previa
Sede electrónica

Presentación de una denuncia

Puede Vd. denunciar en:

  • Las dependencias de la Policía Local (Calle Rei En Jaume I, s/n)
  • En la unidad de proximidad de la Guardia Civil. El horario de esta unidad de proximidad de la Guardia Civil es de 9 a 14:30 horas, de lunes a sábado.

Instancias específicas y documentación debo aportar para los distintos trámites:

Para formular cualquier tipo de denuncia:

  • El D.N.I., permiso de conducir o pasaporte.

Para dar de baja un vehículo:

  • La documentación del vehículo.
  • Firmar la correspondiente autorización, que se entregara en esta Policía.

Averiguar el proceso e información de las multas de tráfico del municipio:

Puede Usted personarse en el Departamento de Gestión del Procedimiento de Instrucción y Tramitación de denuncias, sito en las dependencias de la Policía Local o en el teléfono 96 127 01 27

Baja un vehículo:

En horario de mañana, de lunes a viernes, entrevistarse con el Of-05 de la Policía Local de Albal, siendo el servicio ofrecido por el Ayuntamiento para la retirada con grúa totalmente gratuito.

Ordenanzas y reglamentos

Ordenanza municipal de circulación

Pulse sobre el documento para ver el texto íntegro de esta ordenanza.

Ordenanza municipal de circulación

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales

Esta ordenanza tiene la finalidad de fijar la normativa que asegure una posesión de animales compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de personas y bienes, así como la garantía a los animales de la debida protección y el buen trato. Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales

Ordenanza Reguladora de la Manipulación y Uso de Artificios Pirotécnicos y de la Realización de Espectáculos Públicos de Fuegos Artificiales

La regulación de los productos pirotécnicos se encuentra contenida en el Reglamento de Explosivos aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero que considera, en su art. 22, artificios pirotécnicos los ingenios o artefactos cargados de material o mezclas pirotécnicas, generalmente deflagrantes, tal como se definen en el art. 10, es decir, aquellas materias o mezclas de materias destinadas a producir efecto calorífico, luminoso, sonoro, gaseoso o fumígeno, o una combinación de estos efectos, como consecuencia de reacciones químicas exotérmicas autosostenidas no detonantes, definiendo el mismo precepto como objetos pirotécnicos aquellos que contengan una o varias materias pirotécnicas. Ordenanza Reguladora de la Manipulación y Uso de Artificios Pirotécnicos y de la Realización de Espectáculos Públicos de Fuegos Artificiales

Ordenanza Municipal Reguladora de las normas básicas para la convivencia ciudadana y del buen gobierno local

Hasta la Ley 57/2003 llamada de Modernización del Gobierno Local, los ayuntamientos carecían de norma habilitante para poder sancionar conductas que afectan a las relaciones de buena convivencia entre los vecinos o al deterioro por abuso o mal uso de los bienes y servicios municipales. Con la presente ordenanza se tipifican acciones negativas para la convivencia y el buen Gobierno Local. Ordenanza Municipal Reguladora de las normas básicas para la convivencia ciudadana y del buen gobierno local

Reglament Municipal de l’Agrupació Local de Voluntaris de Protecció Civil d’Albal 22/10/2013

Per haver-se constituït amb caràcter previ esta Agrupació Local de Voluntaris de Protecció Civil (ALVPCA) en este municipi, ajustada a la normativa precedent, es pretén la modificació del Reglament municipal de l’Agrupació Local de Voluntaris de Protecció Civil d’Albal, el text de la qual, amb l’aprovació prèvia per acord adoptat en sessió plenària celebrada en data 25 de març de 2000, va ser inserit en el Butlletí Oficial de la Província núm. 242, d’11 de desembre de 2000. Reglament Municipal de l’Agrupació Local de Voluntaris de Protecció Civil d’Albal  22/10/2013

Policia local de Albal

Nueva Central de Policía Local

El 8 de marzo de 2011 se trasladó la Policía Local a la nueva central, que está integrada en las instalaciones del nuevo Polideportivo Municipal de la Balaguera, junto a la piscina cubierta, en la calle Rei En Jaume I, s/n. Se trata de unas modernas instalaciones, independientes en sí mismas del polideportivo, con capacidad para una dotación de más de 50 agentes, de acuerdo con el crecimiento de la población y las necesidades del municipio. Cuenta con varias oficinas de atención al ciudadano para preservar la intimidad, e instalaciones adecuadas para el trabajo y necesidad policial.

Funciones de la Policía local

El Cuerpo de la Policía Local tiene como misión general la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana en el municipio.

La Policía Local, dentro del casco urbano, tiene competencia plena en la instrucción de Atestados por accidentes de circulación (lesionados, daños materiales, delitos contra la seguridad del tráfico), así como actuar como Policía Administrativa en relación con las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales (Realizar informes de convivencia, de actividades, sobre licencias de vados o ubicación de terrazas de bares, localización y precinto de vehículos).

Asimismo, entre otras funciones de la Policía Local destacan:

  • Ordenar, señalizar, regular y dirigir el tráfico en el municipio, de acuerdo con las normas de circulación.
  • Prestar auxilio en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública y en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  • Servicios humanitarios: acompañamiento de personas de edad avanzada a su domicilio; atender y auxiliar a heridos hasta la llegada de los sanitarios.
  • Efectuar actuaciones de vigilancia preventiva para la prevención de actos delictivos e intervenir cuando se hubieran cometido, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de acuerdo con lo establecido en las Juntas Locales de Seguridad.
  • Participar en las funciones de Policía Judicial, de acuerdo con la ley, y cooperar en la resolución de conflictos privados cuando fueren requeridos.
  • Vigilar y custodiar los edificios e instalaciones municipales, así como los espacios públicos.

Vehículos

Para el servicio y atención ciudadana se dispone de dos turismos equipados, un vehículo todo terreno y dos motocicletas.