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Áreas y servicios | SECRETARÍA

​Padrón y estadística

El padrón municipal de habitantes es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.

Avisos, convocatorias y trámites activos

Informació, tràmits i impresos

Altas recién nacidos

(Aproximadamente hasta 1 mes de edad del bebé):
Se empadronará en el domicilio de la madre sin excepción.
La madre o el padre que se persone en el ayuntamiento para el trámite debe identificarse con original o fotocopia de su documentación (pasaporte, DNI, permiso de conducir o tarjeta de residencia) y aportar el original del libro de familia donde figure inscrito el menor.

Pinche aquí para descargar el listado de documentos

Alta de empadronamiento / cambio de domicilio en mayores de edad:
  • Si el empadronamiento se va a realizar en una vivienda vacía:
      1. Original de la documentación en vigor de la persona que va a empadronarse ( DNI, pasaporte, tarjeta de residencia ,permiso de conducción)
      2. Título que legitime la ocupación de la vivienda:
        • Si la persona que va a empadronarse es el propietario puede aportar cualquiera de estos documentos:
          1. original de la escritura de la vivienda
          2. contrato de compraventa
          3. Nota del Registro
          4. comprobación en el momento de bases de datos municipales donde conste dicha propiedad.
        • Autorización del propietario para empadronamiento (pinchar para descargar) junto con su documentación original o la fotocopia, cuando la relación no sea de arrendamiento.
        • Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.

    Pinchar aquí para descargar listado de los documentos anteriores

  • Si el empadronamiento se va a realizar en una vivienda con otros residentes empadronados:
      1. Original de la documentación en vigor de la persona que va a empadronarse (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia ,permiso de conducción)
      2. Autorización para empadronamiento firmada por alguna persona mayor de edad empadronada en el inmueble junto con su documentación identificativa original o la fotocopia. (pinchar para descargar)

    Pinchar aquí para descargar listado de los documentos anteriores

Si se realiza el trámite en representación de otra persona mayor de edad, esta deberá cumplimentar y firmar el documento de autorización general.(Pinchar aquí para descargar)

NOTA: Cuando existan indicios que hagan dudar de que se vaya a establecer la residencia en el municipio, o de alguno de los datos declarados por el ciudadano, antes de proceder al alta, o a la modificación de datos en el Padrón, el Ayuntamiento, presentada la correspondiente solicitud por parte del interesado, ordenará los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos consignados en la solicitud.

Alta de empadronamiento / cambio de domicilio menores de edad:
Si el domicilio de empadronamiento es con los dos progenitores se debe aportar la siguiente documentación:

    1. Original de la documentación acreditativa de la identidad de los padres (pasaporte, DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia).
    2. Original de la documentación en vigor acreditativa de la identidad del menor que va a empadronarse y su representación:
      • Libro de familia (también para menores extranjeros nacidos en España hasta 3 meses de edad).
      • DNI/ NIE (obligatorio a partir de los 14 años).
      • Para menores extranjeros : Pasaporte, tarjeta de residencia, o documento nacional de identidad (en su caso) y certificado de nacimiento.
    3. Si el trámite lo realiza alguna persona distinta a los progenitores se deberá aportar autorización de menores (pinchar para descargar) firmada por el/los progenitor/es que ostente/n la guarda y custodia (si es compartida serán los dos) indicando la persona que realizará el trámite junto con el original/ fotocopia de su documentación.

Pinchar aquí para descargar listado de los documentos anteriores

Si el domicilio de empadronamiento es con uno de los progenitores, ambos deben firmar la hoja de la solicitud, salvo que en caso de divorcio la resolución judicial fije el domicilio del menor. Aportar la siguiente documentación:

    1. Original de la documentación en vigor acreditativa de la identidad del menor que va a empadronarse y su representación:
      • Libro de familia (también para menores extranjeros nacidos en España hasta 3 meses de edad).
      • Para menores extranjeros : Pasaporte, tarjeta de residencia, o su documento nacional de identidad (en su caso) y certificado de nacimiento.
      • DNI/ NIE (obligatorio a partir de los 14 años).
      • Si los padres están divorciados/separados sentencia de divorcio (donde se especifique quién ostenta la guarda y custodia del menor).Para guarda y custodia exclusiva las modificaciones solo las puede realizar el progenitor que ostenta este derecho en exclusiva.
    1. Original de la documentación acreditativa de la identidad de los padres (pasaporte, DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia).
    2. En el caso que solo se persone uno de los progenitores a realizar el trámite, el padre o la madre que no se presente a realizar el trámite deberá presentar cumplimentada la autorización de menores (pinchar para descargar) y aportar original/ fotocopia de su documento de identificación.
    3. Si existen penas privativas de libertad del progenitor que realiza la solicitud se aportará sentencia judicial que autorice al alta o cambio de domicilio.
    4. Si el trámite lo realiza alguna persona distinta a los progenitores se deberá aportar Autorización de menores (pinchar para descargar) firmada por el/los progenitor/es que ostente/n la guarda y custodia (si es compartida serán los dos) indicando la persona que realizará el trámite junto con el original/fotocopia de su documentación.

Pinchar aquí para descargar listado de los documentos anteriores

Si el domicilio de empadronamiento no es con ninguno de los progenitores:

  1. Original de la documentación en vigor acreditativa de la identidad del menor que va a empadronarse y su representación:
      • Libro de familia (también para menores extranjeros nacidos en España hasta 3 meses de edad).
      • Para menores extranjeros : Pasaporte, tarjeta de residencia, a su documento nacional de identidad (en su caso).
      • DNI/ NIE (obligatorio a partir de los 14 años)
      • Si los padres están divorciados/separados sentencia de divorcio (donde se especifique quién ostenta la guarda y custodia del menor). Para guarda y custodia exclusiva las modificaciones solo las puede realizar el progenitor que ostenta este derecho en exclusiva.
    1. Original de la documentación en vigor acreditativa de la identidad de los padres (pasaporte, DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia).
    2. En el caso que solo se persone uno de los progenitores a realizar el trámite, el padre o la madre que no se presente a realizar el trámite deberá presentar cumplimentada la autorización de menores (pinchar para descargar) y aportar original/fotocopia de su documento de identificación.
    3. Si existen penas privativas de libertad del progenitor que realiza la solicitud aportará sentencia judicial que autorice al alta o cambio de domicilio.
    4. Autorización firmada por alguna persona mayor de edad empadronada en el inmueble junto con el original/ fotocopia de su documentación (pinchar para descargar).

Pinchar aquí para descargar listado de los documentos anteriores

Con relación a los trámites anteriores relacionados con menores, cabe indicar que si la variación la realiza una persona distinta a los progenitores también se deberá aportar una autorización de menores (pinchar para descargar) firmada por el/los progenitor/es que ostente/n la guarda y custodia (si es compartida serán los dos) indicando la persona que realizará el trámite junto con el original/fotocopia de su documentación.

NOTA: Cuando existan indicios que hagan dudar que se vaya a establecer la residencia en el municipio, o de alguno de los datos declarados por el ciudadano, antes de proceder al alta, o a la modificación de datos en el Padrón, el Ayuntamiento, presentada la correspondiente solicitud por parte del interesado, ordenará los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos consignados en la solicitud.

Modificación de datos personales
Son las variaciones del padrón de habitantes que suponen modificaciones que afectan a los datos relacionados con la información personal del residente, nombre, apellidos, nivel de estudios, adquisición de la nacionalidad…

La documentación para este trámite se corresponde con aquella que sea necesaria para acreditar la identidad y títulos o documentos que acrediten la veracidad de los datos a modificar. En caso de actuar como representante se acompañaría la siguiente:

  1. Cuando se actúa en representación de otra persona mayor de edad, esta deberá cumplimentar y firmar el documento de autorización general (pinchar para descargar).
  2. Para representar a un menor, a la documentación acreditativa de la identidad hay que añadir en el caso que la modificación la realice el progenitor con el que no esté empadronado los siguientes documentos:
    • Si los padres están divorciados/separados sentencia de divorcio (donde se especifique quién ostenta la guarda y custodia del menor). Para guarda y custodia exclusiva las modificaciones solo las puede realizar el progenitor que ostenta este derecho en exclusiva.
    • Original de la documentación en vigor acreditativa de la identidad del padre (pasaporte, DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia) y autorización de menores (pinchar para descargar) firmada por el progenitor con el que esté empadronado junto con el original/fotocopia de su documentación.

Los menores a partir de 16 años podrán solicitar la modificación de sus datos padronales, sin tener que ser representados por sus padres, aportando la documentación correspondiente.

Trámites relacionados con extranjeros

Renovación de la residencia

Las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (actualmente denominada de larga duración) deben realizar una renovación periódica cada dos años, que en caso de no llevarse a cabo se iniciará un expediente de caducidad de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.

El INE comunicará a los Ayuntamientos la fecha de caducidad de la inscripción con tres meses de antelación. Con esta información, y antes de que se cumpla la fecha de caducidad de la inscripción, el Ayuntamiento podrá efectuar un preaviso de la caducidad a estos extranjeros.

Las renovaciones se realizarán mediante la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón, por lo que deben personarse en el ayuntamiento con su documento de identificación en vigor y firmar una declaración de continuar viviendo en el municipio y en el domicilio en que figuren empadronados y su voluntad de renovar la inscripción.

 

Comprobación periódica de la residencia de los extranjeros que no tienen la obligación de renovar su inscripción padronal

Se realizarán comprobaciones periódicas de la residencia en el municipio de los extranjeros que no tienen la obligación de renovar su inscripción padronal cada dos años: (ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como de los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios) y aquellos que tienen autorización de residencia de larga duración).

Estas comprobaciones se realizarán para los extranjeros que pertenecen al conjunto citado en el párrafo anterior cuando su última inscripción padronal (se exceptúan las modificaciones territoriales sin intervención del habitante) tenga más de:

  • Dos años de antigüedad en el caso de no estar inscritos en el Registro Central de Extranjeros (RCE).
  • Más de cinco años de antigüedad, si la tarjeta de residencia está caducada.
  • Más de cinco años de antigüedad, si el certificado de inscripción en el RCE de ciudadano de la unión haya sido expedido hace más de cinco años.

El Ayuntamiento podrá solicitar a los ciudadanos que realicen una confirmación por escrito de la continuidad de su residencia o podrá realizar la comprobación por funcionarios locales.

Trámites relacionados con la cesión y gestión de los datos del padrón de habitantes

Solicitud depuración de domicilio

Esta solicitud tiene como finalidad la iniciación de un trámite para la comprobación de los habitantes inscritos en un domicilio (+info.).

 

Solicitud de certificados

El Padrón municipal es un registro administrativo que contiene datos de carácter personal.

Por lo que se refiere al concepto de interesado, se define como la persona física titular de los datos objeto de tratamiento que, en el caso del Padrón municipal, el interesado es el propio vecino al que se refieren los datos padronales.

El vecino puede acceder a su información personalmente o por medio de su representante, legal o voluntario que en el caso de menores se correspondería con sus progenitores, no obstante, en los supuestos de separación o divorcio, el progenitor no custodio que acredite mediante la oportuna resolución judicial que ejerce la patria potestad compartida de sus hijos podrá acceder a la información padronal de los mismos, previa audiencia al progenitor con el que figura empadronado que deberá cumplimentar la autorización de cesión de datos de menores (descargar aquí), ya que en virtud de lo establecido por el artículo 156 del Código Civil, la patria potestad se ejercerá por aquel progenitor con quien el hijo conviva.

Sol·licitar certificat d’empadronament

Pot sol·licitar el seu certificat d’empadronament a l’ajuntament d’Albal i en breu els rebrà al seu domicili.

Sol·licitar

Impresos y enlaces a Sede electrónica

Atenció Municipal d’Informació Ciutadana

REGISTRES I SOL·LICITUDS

Plaça del Jardí, 7. Ajuntament d’Albal – Planta baixa
Tel: 96 126 00 56 · Fax: 96 127 08 61

Cita prèvia
Seu electrònica

Informació

¿Qué es el Padró Municipal?

El padrón municipal de habitantes es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año. Asimismo, en el caso de cambiar de domicilio en el municipio o cualesquiera otros datos de la inscripción padronal, deberá solicitar por escrito su modificación.

Censo electoral

Directamente relacionado con el padrón municipal de habitantes se encuentra el Censo Electoral que contiene la inscripción de quienes reúnen los requisitos para ser elector y no se hallen privados, definitiva o temporalmente, del derecho de sufragio. El censo electoral es permanente y su actualización es mensual ,con referencia al día primero de cada mes, con la información recibida de oficio de los Ayuntamientos, Oficinas Consulares, encargados del registro Civil y con las reclamaciones al censo electoral que resulten estimadas.

Los electores pueden presentar reclamaciones al censo electoral en cualquier momento. El censo electoral vigente para una elección es el cerrado el día primero del segundo mes anterior al de la fecha de su convocatoria, con las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación.

Cambio de residencia

Cuando una persona cambie de residencia deberá solicitar por escrito su alta en el padrón del municipio de destino comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia.

La inscripción en el padrón de un municipio implicará la baja automática de cualquier inscripción padronal en otro municipio o Registro de Matrícula Consular, en el caso de que exista, anterior a la fecha de la variación.

Para todos los trámites que se realicen relacionados con el Padrón municipal de habitantes debe acreditarse la identidad de la persona que lo realiza y si actúa como representante de otro, la documentación que acredite esta representación.

Documentos originales que acreditan la identidad

Españoles:

  • Mayores 14 años de edad: la documentación con la que se acreditarán para cualquier tramitación en el padrón es el documento de identidad, permiso de conducción o pasaporte, que en el caso que el trámite conlleve variación en los datos de padrón deberán estar en vigor, no siendo válido un documento caducado, salvo que se aporte la solicitud de renovación del mismo. El pasaporte para ciudadanos españoles procedentes del extranjero, hasta la obtención antes de seis meses del DNI.
  • Menores de 14 años: original del libro de familia.

Estranjeros:

  • De Estados miembros de la Unión Europea: NIE, pasaporte o documento nacional de identidad, que en el caso que el trámite conlleve variación en los datos de padrón deberán estar en vigor, no siendo válido un documento caducado, salvo que se aporte la solicitud de renovación del mismo.
  • De otras nacionalidades: pasaporte o permiso de residencia que en el caso que el trámite conlleve variación en los datos de padrón deberán estar en vigor, no siendo válido un documento caducado, salvo que se aporte la solicitud de renovación del mismo.

Documents que acrediten la representació

Representació menors d’edat:

  • Per al progenitor amb qui es troben empadronats:
    S’ha d’aportar l’original del llibre de família o certificat de naixement i si és el cas la documentació que corresponga segons la situació familiar en què es trobe el menor.
  • Si qui es persona no és el progenitor amb qui està empadronat el menor s’han d’observar les indicacions següents:
    • El progenitor no custodi que acredite per mitjà de l’oportuna resolució judicial que exercix la pàtria potestat compartida dels seus fills podrà accedir a la informació padronal d’estos, amb audiència prèvia al progenitor amb qui figura empadronat ja que en virtut d’allò que establix l’article 156 del Codi Civil, la pàtria potestat s’exercirà per aquell progenitor amb qui el fill convisca.
    • Aportar original del llibre de família per a reputar vàlida la dita representació.

Representació majors d’edat

Estadístiques població d’Albal

ESTADÍSTIQUES POBLACIÓ D'ALBAL

Xifres oficials de població resultants de la revisió del Padró municipal a 1 de gener 2022
Detall municipal

Valencia/València: Població per municipis i sexe.
Unitats:   Persones


Total Hòmens Dones
17.105 8.563 8.542



Font:
Institut Nacional d'Estadística

Població per sexes



 
Evolució de la Població (resum numèric)
Data variació: del 01/01/2021 al 31/01/2022

Mes Mujeres/Dones Hombres/Homes Total
Enero/Gener 2021 8.356 8.401 16.757
Febrero/Febrer 2021 8.363 8.409 16.772
Marzo/Març 2021 8.364 8.418 16.782
Abril 2021 8.375 8.417 16.792
Mayo/Maig 2021 8.368 8.413 16.781
Junio/Juny 2021 8.370 8.402 16.772
Julio/Juliol 2021 8.380 8.424 16.804
Agosto/Agost 2021 8.380 8.436 16.816
Septiembre/Setembre 2021 8.395 8.449 16.844
Octubre 2021 8.393 8.446 16.839
Noviembre/Novembre 2021 8.400 8.455 16.855
Diciembre/Desembre 2021 8.415 8.488 16.903
Enero/Gener 2022 8.427 8.493 16.920


Font:
Elaboració pròpia a partir de les dades del padró municipal.

 
Població per sexes - Piràmide d'edat
Data de referència: 01/01/2022

Rango edad/Rang edat Hombres / Homes Mujeres / Dones Total
De A Contador % % Tot. Contador % % Tot.
0 9 802 9,45 4,71 774 9,20 4,58 1.576
10 19 1.171 13,80 6,93 1.031 12,25 6,10 2.202
20 29 899 10,59 5,32 792 9,41 4,69 1.691
30 39 1.056 12,44 6,25 1.058 12,57 6,26 2.114
40 49 1.697 19,99 10,044 1.702 20,22 10,07 3.399
50 59 1.409 16,60 8,34 1.313 15,60 7,77 2.722
60 69 806 9,50 4,77 810 9,62 4,79 1.616
70 79 446 5,25 2,64 524 6,23 3,10 970
80 89 171 2,01 1,01 344 4,09 2,04 515
90 99 31 0,37 0,18 67 0,80 0,40 98
100 107 0 0,00 0,00 1 0,01 0,01 1
Total: 8.488 8.416 16.904

Font:
Elaboració pròpia a partir de les dades del padró municipal.

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Població per nacionalitat
Data de referència: 01/01/2022

Nacionalitat Total
ESPANYA 15.710
MARROC 221
XINA 127
ROMANIA 89
Resta 757
Total 16.904

Població segons nacionalitat a 01/01/2022


Font:
Elaboració pròpia a partir de les dades del padró municipal.

 
Resum numèric general municipal
Rectificació a: 01/01/2022
Data Variació: 01/01/2021 - 01/01/2022
1. VARIACIONS EN EL NOMBRE D'HABITANTS
Concepte Hòmens Dones TOTAL
Població de dret a 31/12/2020 8.381 8.349 16.730
Altes des de 01/01/2021 fins a 01/01/2022 552 515 1.067
Baixes des de 01/01/2021 fins a 01/01/2021 444 449 893
Població de dret a 01/01/2022 8.489 8.415 16.904
2. CAUSES DE VARIACIÓ DEL NOMBRE D'HABITANTS
Concepte Naixements
Defuncions
Canvis de residència Caducitat Duplicats Omissions
I. Indeguda
D'altre municipi D'estranger Inter. Intra.
Altes de residents en el municipi 138 718 10 201
Baixes de residents en el municipi 124 675 13 48 3 0 30
3. ALTERACIONS MUNICIPALS PER CANVI DE DOMICILI DINS DEL MUNICIPI
Concepte Hòmens Dones TOTAL
Canvis de domicili (entre seccions del municipi) 181 200 381

Font:
Elaboració pròpia a partir de les dades del padró municipal.

Preguntes més freqüents

¿Para los trámites de padrón tengo que llevar la documentación fotocopiada?

Para las gestiones relacionadas con el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de Albal tiene que presentar los documentos originales. El personal de atención e información al ciudadano realizará él mismo las copias que estime necesarias para el trámite.

Què es necessita per a inscriure un nounat?

  1. Figurar empadronats els pares.
  2. Llibre de Família.

Punxe ací per a descarregar llistat de documents

En caso de fallecimiento de una persona empadronada en el Municipio ¿Es necesario tramitar su baja en el padrón?

– No, la baja se causa de oficio y nos es notificada por el Instituto Nacional de Estadística.
– En caso de necesitar cualquier certificación deberá aportar fotocopia de la partida de defunción y después solicitar el certificado por Registro General de Entrada.

¿Para darse de Alta en el Padrón Municipal de Habitantes, es necesario solicitar la baja en el municipio anterior?

No, le corresponderá tramitar la Baja al municipio donde solicite el Alta.